En 1940, el 31 de enero, aparece el Reglamento General de Seguridad
e Higiene del Trabajo que fue el antecedente a la Ordenanza General del 9 de
marzo de 1971. Surge la necesidad de legislar para proteger tanto al patrón
como al empleado y es así como a través del tiempo hemos sido testigos de
normas y decretos como veremos a continuación.
De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación de fecha 19
de octubre del año 2006, se define a la Seguridad
y Salud en el Trabajo como las acciones que deben de llevarse a cabo en los
centros de trabajo dirigidas a la prevención de riegos de acuerdo a la
normatividad correspondiente.
Los Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo
internos: son los prestados por el patrón o personal capacitado del centro de
trabajo designados por aquél, para llevar a cabo las funciones que establecen
las normas.
Mantener el área de trabajo segura requiere de esfuerzo y
entrenamiento para prestar atención a las precauciones y procedimientos básicos
de seguridad.
El objetivo principal de la implementación de programas preventivos de Seguridad e Higiene
en el trabajo, está enfocado a evitar o limitar los accidentes y los daños en
general.
Cada empresa, de acuerdo a sus necesidades irán implementando
sus programas preventivos y de acuerdo a las normas establecidas para sus
actividades, cubrirá ciertos requisitos de acuerdo con La Dirección General de
Seguridad e Higiene en el Trabajo en la Secretaría de Trabajo y Previsión
Social y el Instituto Mexicano del Seguro Social quien le asigna la Clase,
fracción y grado correspondiente a las actividades que desarrolla.
También es obligación de la empresa dar a conocer a sus
trabajadores las políticas y objetivos sobre la seguridad e higiene además de
capacitarlos para el conocimiento y uso tanto de la materia prima como de la
tecnología utilizada, verificar que el personal operario tiene la
capacitación adecuada a los procesos de
producción y la tecnología que utiliza, tomando en cuenta criterios de
productividad, seguridad e higiene.
En el Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo.
Evaluación de la Normatividad en Seguridad e Higiene en el Trabajo, de fecha
agosto del 2005, nos presenta un modelo
de diagnóstico que propone la Secretaría de Trabajo y Previsión Social para
evaluar el nivel de cumplimiento de la
normatividad en esta materia para determinar el ¿Qué?, ¿Cómo? ¿Cuándo? Y
¿Dónde? Aplicar medidas preventivas a fin de garantizar trabajos seguros.
La metodología de aplicación considera los elementos mínimos
indispensables para la estructuración
del Programa de Seguridad y Salud en e Trabajo:
1)
Dividir
el centro de trabajo por áreas o departamentos tomando en cuenta el mapa de
riesgos del centro de trabajo, los procesos de alto riesgos, número de
trabajadores, maquinaria, producto, etc.
2)
Verificar
la aplicación de cada disposición normativa.
3)
Ajustar
el documento a las partes seleccionadas.
4)
Aplicar
los diagnósticos normativos y determinar áreas de oportunidad de corrección o
mantenimientos de la normatividad.
5)
Evaluar
constantemente por medio de un calendario, tomando en consideración las acciones de mejora o acciones
correctivas.
La Secretaría de Trabajo y Previsión Social y de acuerdo al
Plan de Desarrollo 2007-2012 publicado en el Diario Oficial de la Federación,
el 31 de mayo del 2007, promovido por el Ejecutivo Federal, Felipe Calderón
Hinojoza, en ejercicio de sus facultades, aprueba el Programa Sectorial de
Trabajo y Previsión Social 2007-2012. Este programa es de observancia
obligatoria y en uno de sus párrafos pone énfasis en consolidar la previsión
social, menciona que es imprescindible establecer programas y procesos de capacitación
en y para el trabajo, y en general las condiciones que aseguren el trabajo
digno, bien remunerado y con condiciones óptimas de seguridad e higiene.
En el Objetivo No. 3: Promover y Vigilar el Cumplimiento de
la Normatividad Laboral. Se enfatiza que se fortalecerá la inspección para
incrementar el número de centros de trabajo que cumplan con las condiciones
generales de trabajo, de seguridad e higiene y de capacitación y adiestramiento
establecidos en la normatividad, para así incentivar la productividad y evitar
enfermedades y accidentes de trabajo.
De esta manera la Secretaría de Trabajo y Previsión Social,
busca prevenir accidentes y enfermedades en los centros de trabajo y favorecer
el cumplimiento de las obligaciones establecidas y tomar las medidas
correctivas necesarias a quienes se hagan acreedores a ellas por falta de
cumplimiento.
Por último, la Ley Federal del Trabajo en su artículo 132, dice:
Es obligación de los patrones: fracción XVI,
instalar, de acuerdo con los principios de seguridad e higiene, las
fábricas, talleres, oficinas y demás lugares en que deban ejecutarse las
labores, para prevenir riesgos de trabajo y prejuicios al trabajador…
XVII.-Cumplir las disposiciones de seguridad e higiene que
fijen las leyes y los reglamentos para prevenir los accidentes y enfermedades
en los centros de trabajo y, en general, en los lugares en que deban ejecutarse
las labores, y, disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de
curación indispensables que señalen los instructivos que se expidan, para que
se presten oportuna y eficazmente los primeros auxilios, debiendo dar, desde
luego, aviso a la autoridad competente de cada accidente que ocurra.
XVIII.- Fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se
preste el trabajo, las disposiciones conducentes de los reglamentos e
instructivos de seguridad e higiene.
Las anteriores fracciones del artículo 132 de la Ley Federal
del Trabajo las podemos interpretar como lo que es, una obligación para el
patrón de proveer y proteger a los trabajadores
en sus respectivos trabajos para que tengan seguridad e higiene y estén
protegidos de cualquier accidente o enfermedad ocasionada por las malas condiciones
en el trabajo.
Además, la empresa debe de contar con un botiquín industrial
amplio y completo que contenga todo lo necesario, para que en caso de
accidentes, a pesar de todos los cuidados proporcionados, se puedan dar los
primeros auxilios mientras se traslada al accidentado a la clínica
correspondiente.
Deben buscar todos los medios para que los trabajadores se
concienticen de la importancia tanto de ocupar los equipos de protección, así
como de tener señales de seguridad e higiene dentro de los departamentos sobre
todo aquellos que requieren de equipos especiales o que manejan máquinas o
herramientas que solamente las pueden manejar las personas capacitadas y
preparadas para ello.
Estas podrían ser algunas de las señales que algunas
empresas, de acuerdo a sus actividades y necesidades podrían tener en forma
visible para que los trabajadores tomen sus precauciones.
Este es un ejemplo de equipo de protección y señalización
para utilizarlo en el trabajo, dependiendo de las necesidades y actividades en
la empresa. Por ejemplo, hay guantes para diversas actividades, los conos y los
triángulos, para limitar áreas en forma provisional, anteojos especiales,
botiquín industrial con lo necesario para dar los primeros auxilios, etc.
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