MARCO TEÓRICO



En 1940, el 31 de enero, aparece el Reglamento General de Seguridad e Higiene del Trabajo que fue el antecedente a la Ordenanza General del 9 de marzo de 1971. Surge la necesidad de legislar para proteger tanto al patrón como al empleado y es así como a través del tiempo hemos sido testigos de normas y decretos como veremos a continuación.
De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación de fecha 19 de octubre del año 2006, se define a  la Seguridad y Salud en el Trabajo como las acciones que deben de llevarse a cabo en los centros de trabajo dirigidas a la prevención de riegos de acuerdo a la normatividad correspondiente.
Los Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo internos: son los prestados por el patrón o personal capacitado del centro de trabajo designados por aquél, para llevar a cabo las funciones que establecen las normas.
Mantener el área de trabajo segura requiere de esfuerzo y entrenamiento para prestar atención a las precauciones y procedimientos básicos de seguridad.
El objetivo principal de la implementación de  programas preventivos de Seguridad e Higiene en el trabajo, está enfocado a evitar o limitar los accidentes y los daños en general.
Cada empresa, de acuerdo a sus necesidades irán implementando sus programas preventivos y de acuerdo a las normas establecidas para sus actividades, cubrirá ciertos requisitos de acuerdo con La Dirección General de Seguridad e Higiene en el Trabajo en la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y el Instituto Mexicano del Seguro Social quien le asigna la Clase, fracción y grado correspondiente a las actividades que desarrolla.
También es obligación de la empresa dar a conocer a sus trabajadores las políticas y objetivos sobre la seguridad e higiene además de capacitarlos para el conocimiento y uso tanto de la materia prima como de la tecnología utilizada, verificar que el personal operario tiene la capacitación  adecuada a los procesos de producción y la tecnología que utiliza, tomando en cuenta criterios de productividad, seguridad e higiene.
En el Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo. Evaluación de la Normatividad en Seguridad e Higiene en el Trabajo, de fecha agosto del 2005,  nos presenta un modelo de diagnóstico que propone la Secretaría de Trabajo y Previsión Social para evaluar el nivel de cumplimiento  de la normatividad en esta materia para determinar el ¿Qué?, ¿Cómo? ¿Cuándo? Y ¿Dónde? Aplicar medidas preventivas a fin de garantizar trabajos seguros.
La metodología de aplicación considera los elementos mínimos indispensables para la estructuración  del Programa de Seguridad y Salud en e Trabajo:
1)      Dividir el centro de trabajo por áreas o departamentos tomando en cuenta el mapa de riesgos del centro de trabajo, los procesos de alto riesgos, número de trabajadores, maquinaria, producto, etc.
2)      Verificar la aplicación de cada disposición normativa.
3)      Ajustar el documento a las partes seleccionadas.
4)      Aplicar los diagnósticos normativos y determinar áreas de oportunidad de corrección o mantenimientos de la normatividad.
5)      Evaluar constantemente por medio de un calendario, tomando en consideración  las acciones de mejora o acciones correctivas.
La Secretaría de Trabajo y Previsión Social y de acuerdo al Plan de Desarrollo 2007-2012 publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 31 de mayo del 2007, promovido por el Ejecutivo Federal, Felipe Calderón Hinojoza, en ejercicio de sus facultades, aprueba el Programa Sectorial de Trabajo y Previsión Social 2007-2012. Este programa es de observancia obligatoria y en uno de sus párrafos pone énfasis en consolidar la previsión social, menciona que es imprescindible establecer programas y procesos de capacitación en y para el trabajo, y en general las condiciones que aseguren el trabajo digno, bien remunerado y con condiciones óptimas de seguridad e higiene.
En el Objetivo No. 3: Promover y Vigilar el Cumplimiento de la Normatividad Laboral. Se enfatiza que se fortalecerá la inspección para incrementar el número de centros de trabajo que cumplan con las condiciones generales de trabajo, de seguridad e higiene y de capacitación y adiestramiento establecidos en la normatividad, para así incentivar la productividad y evitar enfermedades y accidentes de trabajo.
De esta manera la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, busca prevenir accidentes y enfermedades en los centros de trabajo y favorecer el cumplimiento de las obligaciones establecidas y tomar las medidas correctivas necesarias a quienes se hagan acreedores a ellas por falta de cumplimiento.
Por último, la Ley Federal del Trabajo en su artículo 132, dice: Es obligación de los patrones: fracción XVI,  instalar, de acuerdo con los principios de seguridad e higiene, las fábricas, talleres, oficinas y demás lugares en que deban ejecutarse las labores, para prevenir riesgos de trabajo y prejuicios al trabajador…
XVII.-Cumplir las disposiciones de seguridad e higiene que fijen las leyes y los reglamentos para prevenir los accidentes y enfermedades en los centros de trabajo y, en general, en los lugares en que deban ejecutarse las labores, y, disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de curación indispensables que señalen los instructivos que se expidan, para que se presten oportuna y eficazmente los primeros auxilios, debiendo dar, desde luego, aviso a la autoridad competente de cada accidente que ocurra.
XVIII.- Fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se preste el trabajo, las disposiciones conducentes de los reglamentos e instructivos de seguridad e higiene.
Las anteriores fracciones del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo las podemos interpretar como lo que es, una obligación para el patrón  de proveer y proteger a los trabajadores en sus respectivos trabajos para que tengan seguridad e higiene y estén protegidos de cualquier accidente o enfermedad ocasionada por las malas condiciones en el trabajo.
Además, la empresa debe de contar con un botiquín industrial amplio y completo que contenga todo lo necesario, para que en caso de accidentes, a pesar de todos los cuidados proporcionados, se puedan dar los primeros auxilios mientras se traslada al accidentado a la clínica correspondiente.
Deben buscar todos los medios para que los trabajadores se concienticen de la importancia tanto de ocupar los equipos de protección, así como de tener señales de seguridad e higiene dentro de los departamentos sobre todo aquellos que requieren de equipos especiales o que manejan máquinas o herramientas que solamente las pueden manejar las personas capacitadas y preparadas para ello.

Estas podrían ser algunas de las señales que algunas empresas, de acuerdo a sus actividades y necesidades podrían tener en forma visible para que los trabajadores tomen sus precauciones.





Este es un ejemplo de equipo de protección y señalización para utilizarlo en el trabajo, dependiendo de las necesidades y actividades en la empresa. Por ejemplo, hay guantes para diversas actividades, los conos y los triángulos, para limitar áreas en forma provisional, anteojos especiales, botiquín industrial con lo necesario para dar los primeros auxilios, etc.





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